CINCO cosas que necesitas saber de la NIC 16 | Grupo TFC ® 📝🚜

Hoy, como cada sábado, en oficina nos reunimos con todo el equipo de trabajo a fin de realizar nuestra capacitación interna, en la que para esta oportunidad conversamos de NIIF, específicamente de la NIC 16. 💪
Debido a lo amena que fue la reunión de hoy, solo nos alcanzó para hacer la primera parte de la norma en mención.
No me considero un experto en este tema; sin embargo, considero que lo poco aprendido en la práctica podemos compartirlo con el resto, por ello es que hoy quiero compartirte CINCO COSAS QUE NECESITAS SABER DE LA NIC 16. 😎


Creo que todos en más de una ocasión hemos oído la frase: "La práctica hace al maestro"; sin embargo, considero que el 'Maestro' se pule también cada vez más con la teoría.
Las 05 cosas a las que quiero hacer hoy referencia, son principalmente las DEFINICIONES que muy pocos conocemos de manera adecuada, y además el OBJETIVO de la norma en estudio.

¡Empecemos! ✍

1. ¿Cuál es la razón de existencia de la NIC 16? 🤔
Estoy seguro que la razón es justamente darnos las pautas que debemos seguir a fin de dar un adecuado tratamiento; por ello la NIC en su primer párrafo establece que la razon de su existencia es "Prescribir el tratamiento contable de las PPE, de forma que los usuarios de los EEFF puedan conocer la información acerca de la inversión que la entidad tiene en sus PPE, así como los cambios que se hayan producido en dicha inversión.

2. ¿Qué debe entenderse por una PPE? 🙄
Esta parte es MUY IMPORTANTE; ya que constituye el filtro principal y fundamental para identificar (y posteriormente reconocer como tal, en caso sea así) si un bien adquirido califica o no como PPE. Entonces, una PPE es en primer lugar un Activo Tangible que posee una empresa cuyo objetivo es el USO (para producir bienes, servicios o incluso para alquilarlo), pero que además se espera usar por más de un periodo.

3. Si un bien NO SUPERA EL 1/4 de la UIT, ¿es una PPE? 😏
Primero necesitamos DESMENTIR el asunto del 1/4 de la UIT; lamentablemente muchos colegas se rigen únicamente por las normas fiscales tributarias, y contabilizan todas sus operaciones bajo dichas reglas. Entre otras diferencias y en concordancia con la pregunta anterior, la NIC 16 en NINGÚN MOMENTO establece como requisito un monto mínimo para su reconocimiento como tal, en consecuencia el monto es indistinto y dependerá de cada compañía en específico.

4. ¿Cómo establecer las tasas de depreciación para los bienes de PPE en una empresa? 🚜
Lo primero que debemos dejar en claro es que, por ningún lado la NIC 16 menciona el término "tasa"; mas bien, hace referencia el "Importe Depreciable"; es decir, el monto que será distribuido a lo largo de la vida útil del bien. Por tanto, la depreciación que se asignará a cada bien en específico dependerá en primer lugar de la política contable de la empresa, del método de depreciación a utilizar y en especial del uso que se le dará a dicho bien acorde a la actividad de la compañía y las decisiones gerenciales al respecto.

5. ¿Cómo saber si el bien adquirido es o no una PPE? 🚘
Para ello, quiero compartirte una pequeña gráfica que realicé en la capacitación de hoy; asimismo, dicha gráfica ha sido elaborada en base a lo establecido en el párrafo 7 de la mencionada norma y estoy seguro que te servirá:


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🗣 ¿Qué te parece si me dejas aquí en la caja de comentarios tu opinión respecto de este tema? 😅😏
¡¡o en el mejor de los casos me cuentas tu experiencia y así ambos aprendemos!! 👍👍
Si tienes alguna duda al respecto o quizá deseas que te facilite un formato que uso en mis labores, solo pídelo. 🤙 ¿Qué tema crees que deberíamos tocar en el siguiente artículo? 🙄
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Esperando que éste artículo haya sido de tu interés y ayuda en el aumento de tus conocimientos; te agradeceré puedas compartirlo en tus redes sociales con tus demás amigos referenciando siempre la fuente y el autor, asimismo también te invito a dejar aquí debajo tu comentario, aclaración o consulta de algo referido al tema o escríbeme a info@grupoasesortfc.com y con gusto te ayudaré.

¡Muchas Gracias! Hasta una nueva oportunidad… 


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