NUEVO RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO | PARTE 02 💼📝📕

Luego de haber escrito la primera parte acerca del NUEVO RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO y haber hablado puntualmente acerca de qué es el RMT, quiénes pueden acogerse y quienes no; hoy queremos continuar con otros aspectos cuya importancia y aplicación es fundamental en este tema; sin embargo, si quizá hoy es la primera vez que visitas el blog o NO leíste la primera parte aquí debajo te dejo el enlace para NO TE PIERDAS ABSOLUTAMENTE NADA 😎:




Pues bien, CONTINUEMOS ⤵️:

5. ¿CUÁL SERÁ EL PROCEDIMIENTO PARA CALCULAR EL IMPUESTO A LA RENTA? 

➡️ Lo curioso de este nuevo RMT es que el procedimiento será exactamente el mismo que el RG es decir lo relacionado al Costo, Gasto, Renta neta y otros; sin embargo, el reglamento podrá establecer (lo analizaremos cuando hablemos acerca de su reglamentación) cierta flexibilidad (si podemos llamarlo así) respecto de las formalidades documentarias que actualmente existen en el RG (para efectos de determinar la renta neta) o en el mejor de los casos establecer requisitos o formalidades que sustituyan a las ya existentes (haremos un artículo para hablar específicamente de este asunto).

6. ¿LAS TASAS DEL IMPUESTO A LA RENTA SERÁN LAS MISMAS QUE EL RG?

➡️ Obviamente NO, debido a que si el objetivo de crear este RMT fue de “incentivar la formalización y reactivar la economía” no tendría sentido pagar igual que aquellos que están en RG por ejemplo; a decir verdad ésta pregunta es la más importante que cualquiera puede hacerse o mejor dicho LA PRIMERA PREGUNTA QUE SE NOS VINO A LA MENTE AL OIR UN ‘NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO’.
Pues bien, aquellos traviesos que se encuentre correctamente acogidos a éste RMT tributarán en FUNCIÓN a su RENTA NETA (la mal llamada utilidad tributaria como algunos la conocen) ESCALONADAMENTE (por así decirlo); es decir algo parecido a lo que sucede en las rentas de trabajo (4° y 5°).

Miremos el siguiente detalle:


Teniendo en cuenta que para el 2017 la UIT es de S/4,050 soles; aquellos que generen de RENTA NETA hasta S/60,750 soles tributarán el 10%; por ende, la Renta Neta generada desde S/60,751 soles pagarán el 29.5% de dicho importe.

7. ESTANDO EN EL RMT ¿CÓMO REALIZARÉ EL CÁLCULO PARA MIS P/C MENSUALES?

➡️ Pues bien, aquí el cambio es muy sencillo, y para efectos de realizar tus P/C mensuales del Impuesto a la Renta deberás seguir las siguientes sencillas reglas:




8. ¿A QUIÉN DEBO MATAR PARA ACOGERME A ÉSTE RÉGIMEN?

➡️ Felizmente a nadie 😇; sin embargo esto es muy importante, ya que un MAL ACOGIMIENTO acarrearía multas y deudas tributarias que podrían afectar nuestro puesto de trabajo como contadores dentro de las empresas.
Por ello seré preciso en lo siguiente: 

  • ✔️ Aquellos que INICIEN actividades en este año 2017 (y que cumplen los requisitos) DE MANERA DIRECTA, es decir al momento de inscribirse al RUC. (en tanto NO SE HAYAN acogido al RUS, RER o RG), y se hará con ocasión de la presentación de la primera DDJJ mensual dentro del plazo establecido por SUNAT.
  • ✔️ Aquellos que se encuentren en el RG lo harán ÚNICAMENTE con ocasión de la presentación de la DDJJ mensual dentro del plazo correspondiente al mes de ENERO, respecto del ejercicio anterior en el que SI CUMPLE LOS REQUISITOS.
  • ✔️ Los que se encuentren en el RER o el RER podrán hacerlo en CUALQUIER MES DEL AÑO y lo harán únicamente con la sola presentación de la DDJJ mensual dentro del plazo establecido por SUNAT.

Debemos dejar en claro que aquellos contribuyentes que se hayan ACOGIDO al RMT y que en CUALQUIER MES DEL AÑO incurran en cualquiera de los supuestos de exclusión (Superar los ingresos, tener vinculación u otro ya mencionado anteriormente), tendrá que determinar el IR de conformidad con las normas que regulan al RG. Asimismo tener en cuenta que si en primera instancia calculan sus P/C aplicando el 1% de sus IN mensuales (ingresos hasta 300 UIT´s) y pasado el tiempo LO SUPERAN, deberán determinar sus P/C de conformidad con el artículo 85 de la LIR (no hagan travesuras).

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Te invito A NO PERDERTE los siguientes artículos relacionados al nuevo RMT; ya que estaremos tocando los siguientes puntos:

📓 ¿qué libros y Registros estaré obligado a llevar?
📕 ¿Es cierto que SUNAT hará la inclusión al RMT de OFICIO?
📗 Infracciones que NO SERÁN SANCIONADAS en el Ejercicio 2017 para el RMT
😎 ENTRE OTROS....

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¡Muchas Gracias! Hasta una nueva oportunidad… 


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